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Hoy: El fallo de la Corte Constitucional en el caso de Andrés Felipe Arias. Los tres mosqueteros anticorrupción. Noticias, análisis e Información.

 

La Corte Constitucional le concedió una tutela al exministro Andrés Felipe Arias. Según la sentencia el señor Arias tiene derecho a pedir la revisión de la condena a 17 años de cárcel que le impuso la Corte Suprema de Justicia por delitos relacionados con el escándalo de Agro Ingreso Seguro.

Importa destacar que los 4 magistrados que salvaron el voto son, según los conocedores de la conformación de las altas cortes del llamado grupo santista… Es decir, de magistrados que o fueron postulados por el expresidente, Juan Manuel Santos para el cargo o han votado siempre a favor de las normas expedidas por ese gobierno…

La Corte Suprema de Justicia reaccionó horas más tarde a través de su Presidente, Jorge Quiroz…

Vale la pena darle una mirada a la decisión de la Corte Constitucional y aclarar algunas cosas que se están diciendo y que no son ciertas o exactas o que tienen una clara intención política y no jurídica como debería ser…

  • Se trata de un fallo de tutela y no de la revisión de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia por parte de otra Corte, en este caso la Corte Constitucional…
  • La tutela fue creada por la Constitución de 1991 para amparar los derechos fundamentales de personas individual o colectivamente cuando lo soliciten y cuando los jueces o tribunales consideren que efectivamente el demandante tiene la razón y se le está violando algún derecho.
  • En este caso la Corte dijo que Andrés Felipe Arias, como todos los colombianos, tiene derecho a la llamada doble instancia judicial y en consecuencia puede impugnar la condena que le impuso la Corte Suprema en 2014…
  • La Corte Constitucional no cuestionó el fallo de la Corte Suprema en ninguna de sus partes, simplemente dijo, insisto Arias puede pedir que se revise el fallo.
  • Las reacciones a esa sentencia y las «advertencias» que venían haciendo algunas personas en los días previos señalan hechos y consecuencias que no necesariamente son ciertos o exactos.
  • UNO: que el fallo favorece a una sola persona, pero que, como es decisión de la Corte Constitucional puede abrir la puerta a que la Corte Suprema sea obligada a revisar otros fallos de única instancia. Si, pero no. ¿Qué la decisión favorece a una sola persona, es decir Andrés Felipe Arias? Cierto, pero es que para eso fue creada la Acción de Tutela. Para proteger y restablecer los derechos de una o varias personas cuando los jueces consideren que las afecta. ¿Qué le abre la puerta a que otros condenados de única instancia pidan lo mismo y la Corte Suprema deba verse obligada a atender otras impugnaciones? Cierto. Pero qué hacemos si el Congreso, el Gobierno y la Corte Constitucional aprobaron, sancionaron y declararon ajustada a la Constitución la creación de la doble instancia?
  • Dicho eso uno podría decir que si los fallos de la Corte Suprema de Justicia, en el caso de Arias y de todos los demás fueron tomados en estricto derecho y ajustados a las pruebas pues lo que esa Corte debe confirmar las condenas independientemente de como se llamen los magistrados o a que tendencia política o jurídica pertenezcan en el caso de Arias y el cualquier otro. Así que ese temor de que podrían venir efectos insospechados pues no tiene razón de ser.
  • DOS: Alega la Corte Suprema de Justicia que la Corte Constitucional «cambó intempestivamente las reglas del juego» Sobre eso hay que decir que si, que la Corte Constitucional cambió las reglas de juego, pero no de manera intempestiva porque recordemos que antes del fallo de ayer hubo la necesidad de que el Congreso aprobara una Ley, que el gobierno la sancionara y fue declarada ajustada a la Constitución lo cual ocurrió en 2018. Que cambia las reglas del juego, pues si. Pero para eso fueron creadas dos cosas en la Constitución del 91: la tutela y la Corte Constitucional.
  • Recordemos que por fallos de tutela que favorecieron a personas o grupos de personas jueces, tribunales y cortes han cambiado las reglas del juego en temas como el aborto, la eutanasia, la salud, el matrimonio y la adopción de niños por parejas del mismo sexo y un sinfín de derechos que la misma Constitución, las leyes o la costumbre eran desconocidos o violados.
  • Así que todo lo que digan los amigos o los enemigos del exministro de agricultura deberá analizarse en su justa medida y no con la lupa de la polarización que nos ha llevado a extremos como ser más exigentes con el hijo de un terrorista que no tiene porque responder por lo hecho por su padre, al mismo tiempo que aplaudimos que terroristas lleguen al Congreso a darnos lecciones de moral y buenas costumbres y a cambiarnos a esas reglas del juego llamadas la Constitución y la Ley que nunca aceptaron, acataron o respetaron.
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