Es posible solicitar cuota alimentaria sin necesidad de divorciarse
Aunque muchas personas asocian la cuota de alimentos únicamente con los hijos o con procesos de divorcio, la legislación colombiana también reconoce este derecho entre los cónyuges cuando uno de ellos atraviesa una situación de necesidad y el otro cuenta con la capacidad económica para brindar apoyo. El fundamento jurídico se encuentra en el artículo 411 del Código Civil, que establece quiénes tienen derecho a recibir alimentos y quiénes tienen el deber de suministrarlos. Entre los principales titulares de este derecho se encuentran los hijos, los padres y los cónyuges, como parte de los deberes de solidaridad, respeto y apoyo mutuo que surgen del matrimonio.
