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El fallo que falló

Redacción
Last updated: 17/09/2025 3:38 pm
Redacción
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El fallo que falló
16/09/2025 El juez Camilo Suárez Aldana lee la condena a ocho años de penas alternativas contra el último secretariado de las extintas FARC POLITICA JEP EN X
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Por: José Obdulio Espejo Muñoz

Una gran desazón dejó ayer en las víctimas y en los colombianos de a pie el primer fallo condenatorio de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en contra de siete integrantes del antiguo secretariado de las Farc, en su calidad de máximos responsables en el marco del macro caso 001 sobre «Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las Farc-EP».

Ante las irrisorias penas que tendrán que pagar los siete excabecillas de autos, he de reconocer que me sorprendió gratamente que el Tribunal de Paz los graduara como criminales de guerra, además de “autores por responsabilidad por mando por los crímenes de guerra (…) cometidos por las unidades bajo su mando”. Un rotulo que tiene un gran peso en el escenario internacional.

Es un hecho: los ayer indicados y comparecientes ante la JEP, hoy son “penalmente responsables en calidad de autores (mediatos) por los crímenes de guerra de la toma de rehenes y homicidios, así como de crímenes de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad, asesinatos y desapariciones forzadas”. 

Con todo, la condena que fijó la JEP ayer tiene sabor a impunidad y, a mi juicio, está incompleta. Únicamente contiene elementos restaurativos y deja a un lado la justicia retributiva, que, en derecho, equivale a aplicar al delincuente un castigo que sea proporcional al daño causado.

Me explico: ninguno de los condenados –a diferencia de los comparecientes de la Fuerza Pública que han estado privados de la libertad– pagará un solo día de cárcel por este grave crimen de guerra y por el abanico de atrocidades que perpetraron contra los colombianos, en el que, además, se cuentan crímenes de lesa humanidad y graves violaciones a los derechos humanos.

Será así porque la JEP no incluye en su veredicto una ejemplar pena retributiva a estos criminales de guerra, tal y como quedó plasmado en el texto del Acuerdo Final. ¿Se estilará el mismo racero en los otros macro casos que llevan estos tribunales de la transición?

Al contrario de lo que muchos podrían suponer, los excabecillas de las Farc sólo están obligados a hacer tareas menores e irrisorias de restauración que no viene al caso detallar. Ninguno de ellos tendrá efectivas y reales medidas restrictivas de libertad durante los ocho años de duración de la condena, salvo un exiguo mecanismo de monitoreo electrónico para saber dónde están.

Como el castigo impuesto ayer a los siete cabecillas no limita sus derechos políticos y, probablemente, todos ellos harán parte de las listas del partido Comunes a cargos y plazas de elección popular, los veremos deambulando por Colombia durante las próximas campañas electorales con la venia de la JEP, obligada a concederles estos permisos en cumplimiento de lo pactado.

Pese a las explicaciones políticamente correctas que los magistrados de la JEP están dando en algunos medios de comunicación en relación con el controvertible fallo –motivados quizá por las voces disidentes de organizaciones internacionales como Human Rights Watch y colectivos de víctimas–, preocupa la interpretación maniquea que hace el alto tribunal del cómo juzgar estas conductas típicas y antijurídicas del derecho penal internacional a la luz del Acuerdo Final, tan imperfecto como el proceso de negociación que lo antecedió.

Argumentarán que se trata de un fallo histórico porque por primera vez los excabecillas de las Farc reconocieron su responsabilidad en el crimen de guerra de toma de rehenes (no secuestro, como equívocamente refiere la prensa); dirán que ellos están obligados a realizar tareas reparadoras de cara a sus víctimas;  reiterarán que la providencia demuestra que es posible hacer política sin empuñar las armas y, también, que esta abre el camino de la no repetición (falacia que se contradice con la realidad de las disidencias).

De ahí que estos y otros axiomas resultan superfluos y banales cuando las víctimas –como en el caso de los familiares de los diputados del Valle o del sargento Libio José Martínez Estrada, todos muertos en cautiverio en hechos aún confusos– sienten que de la JEP ni siquiera obtuvieron la tan mentada verdad que aún pregonan Juan Manuel Santos y Humberto de la Calle y mucho menos se alcanzó la paz.

ByRedacción
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