
Bogotá, 13 de mayo de 2025. La Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos) dio la bienvenida al Decreto Único Reglamentario (DUR) expedido por el Ministerio de Trabajo, que detalla las reglas para implementar la Ley 2381 de 2024, con la cual se reforma el sistema pensional en Colombia.
A menos de dos meses de la entrada en vigencia del nuevo modelo, el gremio destaca que el decreto proporciona claridad jurídica y operativa, aunque persisten interrogantes clave.
“Bienvenido este decreto que todos los actores del sistema estábamos esperando”, afirmó Andrés Velasco, presidente de Asofondos, quien recalcó que el sector ha trabajado intensamente para cumplir con lo establecido por la ley. “Nuestro compromiso es que la puesta en marcha del sistema sea lo menos traumática posible para los trabajadores afiliados”.
Avances: claridad normativa y respaldo a la implementación
El DUR reglamenta aspectos medulares del sistema de protección a la vejez, y es visto como un avance indispensable para que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) puedan cumplir con los plazos establecidos. El gremio reitera su compromiso con la implementación del sistema a partir del próximo 1º de julio.
Velasco aprovechó para invitar a los trabajadores que están en régimen de transición —hombres con más de 900 semanas cotizadas y mujeres con más de 750 al 30 de junio— a hacer uso de la “ventana de oportunidad” para trasladarse de régimen, habilitada por la reforma. “Esta es una decisión que no da espera. El trámite es gratuito y fácil de hacer”, subrayó.
Preocupaciones: vacíos reglamentarios y riesgos fiscales
A pesar de los avances, Asofondos señaló varias preocupaciones sobre temas aún sin aclarar o que podrían poner en riesgo la sostenibilidad financiera del sistema:
- Seguro previsional para la población en transición: No se ha reglamentado cómo el Gobierno garantizará este seguro cuando el mercado no lo ofrezca o los recursos disponibles no sean suficientes. Este seguro es esencial para cubrir eventos de invalidez o fallecimiento.
- Uso de fondos estratégicos para otros fines: El gremio alerta sobre la posibilidad de utilizar el Fondo de Garantía de Pensión Mínima para financiar el sistema de reparto, y el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), administrado por el Banco de la República, para el pilar semicontributivo. “El FAPC debe ser sagrado. Su uso para otros fines puede generar pasivos fiscales que comprometen la sostenibilidad del sistema”, advirtió Velasco.
Temas pendientes por reglamentar
Asofondos también señaló que el DUR no aborda aún algunos elementos clave para el funcionamiento del nuevo modelo, entre ellos:
- Fondos generacionales.
- Licencias modulares para los actores del sistema.
- Reglas de desacumulación del fondo de ahorro pensional.
Estos aspectos, aunque técnicos, son esenciales para garantizar un funcionamiento eficiente y transparente del sistema pensional.
Canales de información y asesoría
Finalmente, Asofondos recordó a los ciudadanos que pueden consultar información oficial sobre la reforma y el nuevo sistema en la página www.miplatamifuturo.com, y acceder a la Doble Asesoría para evaluar su mejor opción de pensión en www.dobleasesoria.com.